domingo, noviembre 25, 2012



¿Qué pasa con las enfermedades laborales que no están en el listado que más adelante se mencionan?

Si se presenta una enfermedad que no figure en la tabla de enfermedades profesionales, pero se logre demostrar la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional, será reconocida como enfermedad profesional.
En estos casos, se debe adelantar un procedimiento establecidos en los artículos 2º y 3º del Decreto 2566 de 2009 para poder establecer la relación causa-efecto entre factores de riesgo en el sitio de trabajo y la enfermedad diagnosticada.

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